este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve:
PRIMERO: Homologa el convenimiento de Obligación de Manutención, en los términos expuestos por las partes, de conformidad con el articulo 375 en concordancia 315 de la ley orgánica para la protección del niño del adolescente.
SEGUNDO: Se fija en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (bs. 500,00) mensuales, a partir del 01-08-2010, por Obligación de manutención que el ciudadano: JOSE RAFEL PERNIA TINEDO, debe cumplir a favor de sus hijos; los cuales depositará de manera quincenal en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,ºº); así mismo ofrece hacerles entrega de la totalidad de la Cesta Ticket a los niños; se compromete a depositar la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500, ºº) por Bonificación de fin de Año y la cantidad de DOS MI.....