DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de DIVORCIO, seguida por la ciudadana YESENIA RAQUEL MENA REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.144.014, domiciliada en el sector Barrio Lindo, de la población de Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure, en contra del ciudadano JOSÉ NICACIO ALFONZO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.267.429, domiciliado en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre los cónyuges JOSÉ NICACIO ALFONZO y YESENIA RAQUEL MENA REYES, por ante el Registro Civil de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure, el día 14 de mayo de.....