DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Apure Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA el conocimiento de la presente solicitud de nulidad interpuesta por el Defensor Privado Juan Pernía al Superior Jerárquico, de conformidad a lo establecido en los artículos 67 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. SE ORDENA Notificar a las partes. Diarícese, Regístrese. Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. JUAN ANÍBAL LUNA
EL SECRETARIO,
ABG. YUNIS MENDEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado,
EL SECRETARIO,
ABG. YUNIS MENDEZ.
Causa N°: 1E-716-99.
JALI/ym