D I S P O S I T I VA
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que antecede; SE DECLARA: HOMOLOGADO EL PRESENTE CONVENIMIENTO, todo de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente.-
Diarícese, déjese copia, publíquese, librese oficio, cúmplase.-
La Jueza Tit.,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria Temp.,
Ydania Yusmany Mora García
Nota: Seguidamente en la misma fecha y siendo las 1:00 PM, se publicó y se registro la anterior homologación.-
Ydania Yusmany Mora García
La Secretaria Temp.,
CDM/yymg.-
Exp. No.76-98.-