Es por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, por mayoría de sus miembros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ABSUELVE ARGENIS MARQUES SAJAJU, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-17.690.756, nacido en fecha 03-06-1984, natural de El Cantón, Estado Barinas, de ocupación u oficio obrero, residenciado en el barrio El Diamante, frente a la escuela de El Diamante, Guasdualito, Estado Apure; presuntamente incurso en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano FREDDY HUMBERTO CHACON. Quien fue acusado por el Estado Venezolano a través de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Estado Apure. Se exonera en costas al estado venezolano, por .....