Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos IRMA VIRGINIA ALVARADO CASTILLO y LUIS ALBERTO ARACA VILLAZANA, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 8.151.188 y 1.566.745 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado MANUEL ROJAS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.917, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraido en fecha Nueve de Mayo de Mil Novecientos Setenta y Nueve (09-05-1979) por ante la Prefectura del Distrito Pedro Camejo, Municipio San Juan de Payara del Estado Apure. SEGUNDO: Liquídese la Comunidad Conyugal. TERCERO: Expidase por secretaria copias de la presente decisión y archivese una en el copiador de sentencias .....