ACUERDA la solicitud de permiso planteada por la Penada: DENNYS CAROLINA MORA GARCIA, Titular de la Cedula de Identidad V-15.629.655, debe ausentarse de Jurisdicción del Estado Apure por un lapso de dos (02) días contados a partir del jueves 26-01-06 hasta el día 27-01-06, ambos días inclusive; debiendo regresar el día 28-01-2006. Remítase copia de la decisión a la Coordinación Zonal de esta Ciudad. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
DRA. YULI BALI ARVELO
LA SECRETARIA,
ABG. ROCIO MUNDARAIN
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,
ABG. ROCIO MUNDARAIN
CAUSA N°: 1E-1103-03
YBA/AC/fc.-