NIEGA la solicitud de sustitución de la Medida de privación Judicial preventiva de libertad decretada en contra del imputado MERCEDES VICENTE JIMÉNEZ MARTÍNEZ, venezolano titular de la cédula de identidad Nro V.- 13.983.291, de 27 años de edad, domiciliado en el Hotel Lido de la ciudad de Barinas, Estado Barinas, por una menos gravosa. En consecuencia, se mantiene con plenos efectos jurídicos dicha medida cautelar de privación Judicial Preventiva de libertad, dictada en fecha 02 de Enero de 2006. Todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes.
La Juez de Control
Abg. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
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La Secretaria,
Abg. YRMA PÈREZ
En fecha __________ se cumplió lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. YRMA PÈREZ