CAPITULO III
DISPOSITIVA
PRIMERO: CON LUGAR La presente SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO incoada por el ciudadano: JUAN VICENTE RAMOS PEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.699.061, domiciliado en el sector Las Raicitas, Municipio Achaguas, Estado Apure, debidamente asistido en este acto por la Defensoría Publica Provisorio Primera Abogada: SUELKYS RODRIGUEZ, Inpreabogado N°113.239, en contra de la Ciudadana SOR MARY PULIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 25.568.187.
SEGUNDO: SE DECRETA DISUELTO el Vínculo Matrimonial existente entre JUAN VICENTE RAMOS PEREZ y SOR MARY PULIDO, según se desprende del acta N° 10 de fecha 19 de Septiembre del año 2018. Liquídese la comunidad conyugal.
TERCERO: SE DECLARA FIRME LA SENTENCIA, en virtud de que contra la misma no procede recurso alguno, ni ordinario, ni extraordinario, de conformidad con lo establecido en sentencia de la Sala de Casación Civil del Trib.....