Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado: CARMONA HERRERA JOSEL PASTOR, titular de la cedula de identidad N° 1.833.081, Plenamente identificado en este expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo: 493, 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal y somete al penado a cumplir con el Régimen de Prueba por un lapso de SIETE (7) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTICINCO (25),contados a partir de la presente fecha, pena ésta que se cumplirá el día 19-02-2.012 de, debiendo someterse a las condiciones siguientes:
1.- No cometer nuevos delitos
2.- No ingerir bebidas alcohólicas durante el Régimen de Prueba
3.- Evitar compañía de personas de mala reputación
4.- Establecerse laboralmente y presentar constancia de trabaj.....