PRIMERO: Admisible el recurso de apelación el veintidós (22) de enero del año 2.025, por los abogados Leysla Yisel Chacón y Carlos Yunier Benítez Tejada, actuando en su carácter de defensores privados del ciudadano Néstor Eduardo Ramírez Tejada, contra la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de febrero del año 2.024, y publicado su texto integro en fecha veintiocho (28) de noviembre del año 2.024, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Extensión Guasdualito del Circuito Judicial Penal del Estado Apure.
SEGUNDO: Fija para el día Miércoles dos (02) de Abril del año 2.025, a las once (11:00 a.m.), la realización de la audiencia oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.