Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, ejercido por el ciudadano Douglas Domingo Peñaloza, representado por los abogados en ejercicio Héctor Dayán Balcazar González, José Calazan Rangel y Yanny Rubí Villasana Hernández, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los Nos: 44.213, 82.280 y 172.029, en su orden, contra el acto administrativo contenido en Providencia Administrativa N° 006-2.003, de fecha 26 de marzo de 2003, dictada por el Comandante General de la Policía del estado Apure, a través del cual se destituye al querellante del cargo que desempeñaba, como Sub-inspector de seguridad y Orden Público, adscrit.....