DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario; todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 373 ejusdem.
SEGUNDO: Con Lugar la solicitud del Ministerio Público, a la cual se adhiere la defensa, en el sentido de que se acuerdan las Medidas Cautelares Sustitutivas de Privación de Libertad, consistentes en presentaciones periódicas cada 15 días, por ante el Comando de la Guardia Nacional, con sede en la población de Mantecal, Estado Apure, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Librese boleta de libertad a nombre de la ciudadana CAROLINA HERNÁNDEZ DÍAZ. Se dan p.....