DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA, impuesta al penado: NEPTALI GUTIERREZ SOSA, titular de la cédula identidad N° V- 8.071.242, residenciado en la Urbanización Los Centauros, Manzana E. Nº 12. San Fernando, Estado Apure, por cumplimiento de pena de conformidad con lo previsto en el artículo 177 del Código Penal Venezolano. Notifíquese al ciudadano Fiscal Séptimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Firme el presente pronunciamiento remítase al Archivo Judicial. Ofíciese al Cuerpo de Investigación Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Apure, para que sea Excluido de Pantalla (Registro y Control de Prontuario) Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
DRA. YULI BALI ARVELO.
EL SECRETARIO
ABG. JOS.....