En tal sentido, se decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble constituido por las bienhechurías que conforman el "Hato Chaparralito", así como, el terreno que pertenece al mismo Hato, propiedad del codemandado REYES GABRIEL HERNANDEZ GONZALEZ, según documento registrado por ante el Registro Público inmobiliario del Municipio Achaguas del estado Apure, quedando protocolizado bajo el N° 153, Tomo Tercero, folios 10 al 13, Protocolo Primero, Primer Trimestre del año 2006. A los efectos de la materialización de la medida aquí decretada se ordena oficiar a la Oficina Subalterna de Registro Público Inmobiliario del Municipio Achaguas del estado Apure, a los fines de que proceda a estampar la debida nota marginal. Igualmente se decreta medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de los codemandados empresa "Inversiones 040403, C.A." y el ciudadano Reyes Gabriel Hernández González, hasta cubrir la cantidad de dos millones setecientos sesenta y cua.....