DISPOSITIVA.
En merito a las consideraciones antes expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana: ROSA MARIA GARCIA SOTO, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-16.272.952, debidamente asistida por el Abogado en libre ejercicio el ciudadano: RAFAEL ROSENDO PACHECO ORTEGA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.593.910; Debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº231.039.
PUBLIQUESE, REGISTRESEY DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APUR.....