´Edeste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: RATIFICA, la Medida de Colocación Familiar, a favor del adolescente: (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), bajo la responsabilidad de la ciudadana: AMELIA JOSEFINA VIERA CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.903.987, en los mismos términos establecidos en la Sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial en fecha 15 de Enero del año 2016, hasta tanto sea reintegrado a su familia de origen, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 26, 30, 131, 358, 363, 394, 395, 396, 397-C, de la Ley Orgánica .....