DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Dra. NORKA MIRABAL RANGEL, en su condición de Jueza Primera de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa 1M 400-07, de conformidad con lo previsto en el Artículo 86, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal
Diarícese, regístrese, publíquese y remítase la presente al Tribunal de Origen. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure a los veinticuatro (24) días del mes de Octubre de 2008.
WILMER ARANGUREN TOVAR
PRESIDENTA DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
(PONENTE)
ANA SOFÍA SOLORZANO .....