este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGA el CONVENIMIENTO DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÒN, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.150.oo) MENSUALES, por concepto de Obligación de Manutención que el ciudadano: LUIS GIOVANNY DONADO CHACÓN debe cumplir a favor de su hija CRISTAL DANIELA TORO, representada por la ciudadana TORO DIXZA YAMILET titular de la cedula de identidad Nº 118.147.487, a partir del 30-10-08, así como Aumento de Bonificación de Fin de Año en la suma de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,oo), a partir del mes de Diciembre del presente año, sumas estas que deberán ser depositadas por el Demandado .....