Este Tribunal de Juicio de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Absolver de toda culpa al adolescente (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)., ya identificado, por considerar que de los hechos debatidos hoy en esta sala de audiencias, quedó demostrado que los mismos encuadran dentro del literal "e" del artículo 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; y no habiendo prueba de la participación del adolescente en el hecho investigado se otorga libertad plena y se ordena el cese de todas las medidas cautelares. Así se declara. Notifíquese y Publíquese.
La Jueza,
Abg. Liliam M. Rubio M. El Secretario,
Abg. Miguelángel Escalona A.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
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