D I S P O S I T I V A
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden; DECLARA: la Obligación Alimentaria Definitiva, a favor de la niña: OSCARI MARIELYS ESPINOZA VILLEGA, en la suma de: BOLÍVARES CINCUENTA MIL (Bs. 50.000,oo) mensual, los cuales deberá consignar el obligado los primero cinco (5) días de cada mes en este Tribunal o mediante recibo a la beneficiaria, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Diarícese, publíquese, déjese copia y notifíquesele a las partes.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: seguidamente se publicó la anterior sentencia en el mismo .....