Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por DESLINDE JUDICIAL, intentada por el abogado JOSÉ JULIAN RIVAS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 89.709, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 462.334, en contra de la ciudadana BERTHA DOLORES ROJAS DE BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.876.456. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.-PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado en el salón de despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor .....