Por lo expuesto, este Juzgado Superior, civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara la Perención, de la instancia en la demanda por Cumplimiento de Contrato, interpuesta por el abogado José Ángel Hurtado Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de cedula de identidad N°.10.615.664, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.54.102, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad Mercantil Construcciones Los Petroleros, representada por el ciudadano Richard Asdrúbal Sanz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.168.541, en contra del Estado Apure.