PRIMERO: NO TENER MATERIA SOBRE QUE DECIDIR, con motivo del Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JOSE LUIS MORENO BELISARIO, en su condición de parte demandada, debidamente asistido por la abogada ROSA CARABALLO RONDON, plenamente identificados en los autos.
SEGUNDO: Con Lugar la acción de Divorcio Ordinario incoada por la ciudadana ALIDA LIZAIDA PERALTA UVIEDA contra el ciudadano JOSE LUIS MORENO BELISARIO, ambos suficientemente identificados, teniéndose en consecuencia disuelto por Divorcio, el vínculo Matrimonial celebrado entre ALIDA LIZAIDA PERALTA UVIEDA y JOSE LUIS MORENO BELISARIO, el 22 de diciembre de 2001 por ante la Registradora Municipal de la Parroquia Cazorla, del Municipio San Jerónimo de Guayabal del Estado Guárico, según Acta Nº.20.
TERCERO: Confirmada la sentencia de fecha 23 de octubre de 2007, dictada por el Tribunal de la causa, por la cual declaró Con Lugar la presente acción de Divorcio de los ciudadanos ALIDA LIZAIDA PERALTA UVIEDA y JOSE LU.....