En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana LILIANA LISBETH CASTILLO GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.395.619, de este domicilio, madre y representante legal de la Niña: Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, debidamente asistidas por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero, del Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Apure, contra el ciudadano JOSE JAVIER DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.417.276.-