SEGUNDO: Ahora bien, considera esta juzgadora, que la solicitante aporto en el libelo de la demanda las pruebas que demuestran el buen derecho, pero el riesgo manifiesto de que quedo ilusoria la ejecución del fallo no fue plenamente demostrado, aunado al hecho, que en la presente causa, este Tribunal mediante Sentencia Interlocutoria dictada en fecha 08 de Mayo de 2018, inserta en el folio 01 al 04 y sus vueltos, del presente cuaderno de medidas, decreto Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble que es de las características siguientes: un (01) fundo denominado "El Deleite", ubicado en el sector Perro de Agua Parroquia Achaguas, Municipio Achaguas del Estado Apure, debidamente registrado bajo el N° 61, folio 61 del Cuaderno de comprobantes de fecha 11-04-2018, para lo cual se ordeno oficiar al Registrador Inmobiliario del Municipio Achaguas del Estado Apure, por tal razón, este Tribunal considera que con el decreto de la medida supra mencionada, están.....