TERCERO: Por todo lo antes expuesto es que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado JHON CARLOS JAIMES MALDONADO, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 27.423.683, soltero, obrero, nacido en fecha 26 de agosto de 1984, de 28 años de edad, quien fue condenado por la comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE GUERRA EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 274 DEL Código Penal, en perjuicio del Orden Público. En consecuencia, queda JHON CARLOS JAIMES MALDONADO, en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes. En la debida oportunidad legal, remítase la Causa al Arch.....