este Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley por Decisión dividida, Declara: PRIMERO: CULPABLE, al Ciudadano GILBERT NAZARET HERRERA OJEDA, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 16.529.476, hijo de Ana Judith Ojeda y Elio Cebrino Herrera, residenciado en la población de san Juan de Payara (cerca de la Iglesia) Municipio Pedro Camejo Estado Apure; de la comisión del delito de Secuestro, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal con vigencia del 20-10-2.00 al 15-03-05; en perjuicio del ciudadano VICTOR EDUARDO GRISMAN PALMERO, titular de la cédula de identidad N° 1.167.305; en consecuencia se le condena a cumplir la pena de Doce (12) años de presidio en el establecimiento Penal que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, así com.....