-VII-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta, en fecha cinco (05) de febrero del año dos mil uno (2.001), por el abogado en ejercicio Oscar Simón Espinoza López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.692, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Luis Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.593.761, parte codemandada en la presente causa, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, de fecha veintinueve (29) de enero de 2.001.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia, de fecha veintinueve (29) de enero de 2.001, dictada por el Juzgado Segundo .....