Por todas las consideraciones realizadas, es por lo que este Tribunal Itinerante de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ACUERDA la aprehensión del Ciudadano MERCADO JIMENEZ JOSE ISIDRO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.014.786, De Nacionalidad Venezolano, natural de la Trinidad de Orichuna, nacido el día 09-04-1963, residenciado en el Barrio El Barrio la Quinta Calle número 22, Elorza, Municipio Rómulo Gallegos, Estado Apure. Se deja sin efecto la convocatoria a juicio oral y público hasta tanto se materialice la Orden de Aprehensión. Líbrese la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN. OFICIESE LO CONDUCENTE. CUMPLASE.