PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ANA MARIA NUÑEZ TOVAR, apoderada judicial de la parte demandante ciudadana NEIRA NEIMAR PÉREZ, contra la sentencia dictada en fecha 04 de marzo del año 2.016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: INADMISIBLE LA RECONVENCIÓN planteada por la ciudadana GERMARYS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.977.536, contra la ciudadana NEIRA NEIMAR PÉREZ LEAL, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-20.090.767.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 04 de marzo del año 2.016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
CUARTO: CON LUGAR la demanda de Reivindicación interpuesta por la ciudadana NEIRA NEIMAR PÉREZ LEAL, venezolana, mayor.....