DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE CONTROL SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA: El SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa signada con el No. 1CA-316-03, seguida en contra del adolescente imputado (IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); por la comisión del delito, previsto y sancionado en el Articulo 417 del Código Penal; en virtud de que el fiscal solicitó mayor tiempo a los fines de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción fiscal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 561.d de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, aplicable al caso por remisión expresa del artí.....