Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. El ABANDONO DEL TRÁMITE en el recurso de amparo constitucional interpuesto por la ciudadana NANCY YOSMARA MILANO GARCÍA, ya identificada, contra el ciudadano JHON GUERRA en representación de la SECRETARIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL ESTADO APURE.
2. SE IMPONE UNA MULTA a la parte recurrente por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES CON 00/100 (BS. 5.000,OO), conforme lo previsto en el único aparte del artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.