Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano: LUIS ARMANDO GUTIERREZ ESCOBAR, de nacionalidad Colombiana, titular de la cédula de ciudadanía C.C- 96.194.014, de (37) años de edad, obrero, natural de Mata de Piña Caracol, Departamento de Arauca Colombia, Soltero, analfabeta, residenciado en el barrio 5 de Julio, avenida principal, la Victoria, Parroquia Urdaneta, casa del Sr. Rubén Maldonado teléfono 0412-5250633, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas, en perjuicio del ESTADO VANEZOLANO todo ello de conformidad con el artículo 234 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Pr.....