CON LUGAR la acción de DIVORCIO, instaurada por el ciudadano NABOR ARNALDO SILVA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.144.184 y de este domicilio, en contra de su legitima cónyuge LILIAN MARINA JIMENEZ DE SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.693.059 domiciliada en la Urbanización Los Tamarindos, sector 01, vereda 32, casa N° 02 de esta ciudad, según la causal tercera (3º) del artículo 185 del Código Civil, que establece: "Los excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común", y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que unía a los referidos ciudadanos.- Y así se Decide.-