En fuerza de los argumentos ya expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA INADMISIBILIDAD DE LA PRESENTE SOLICITUD, y así se decide.