Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Admite el libelo de demanda contentivo de el Recurso Contencioso Administrativo (Vía de Hecho), ejercido por el ciudadano Argenis Alberto Pérez Laya, titular de la cédula de identidad Nro.V-13.805.165, debidamente asistido por la abogada Victelia Mavel Rodriguez De Maldonado, titular de la cédula de identidad N°. V-5.359.950, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 109.744, Correspondiente al Recurso Contencioso Administrativo (Vía de Hecho) contra el Instituto Venezolano Del Seguro Social (I.V.S.S).