Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar la Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana Aura Josefina Hernández Requena, titular de la cedula de identidad Nº 8.151.269, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Wilfredo Chompre Lamuño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, contra el Consejo Legislativo del Estado Apure, ello con fundamento a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Segundo: Se ordena al Municipio San Fernando del Estado Apure, cancelar a la ciudadana Aura Josefina Hernández Requena, la diferencia de las prestaciones sociales adeudadas, calculadas desde la fecha de inicio de la re.....