D I S P O S I T I V A :
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se acuerda LA HOMOLOGACIÓN DEL PRESENTE DESISTIMIENTO, solicitado por la ciudadana: NELLYS NORAIMA ZAMBRANO FRANCO, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, déjese copia, notifíquesele a las partes, publíquese.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia siendo las 9:00 a.m. del día de hoy 26/01/2006.-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/amdc
Exp. N°- 248-2004.-