Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente procedimiento, y por las razones de hecho y de derecho que han sido analizadas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso-Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de Octubre de 2008, por el ciudadano Franklin Ignacio Rangel, titular de la cédula de identidad N° 12.580.084, debidamente asistida por la abogado en ejercicio Maria Quintero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.366; y por otro lado la abogada Ynes Maigualida Quintero, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.162, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadano José Ignacio Rangel, en contra de la decisión de fecha 15 de Octubre de 2.008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circ.....