Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: Se ADMITE el Recurso de Apelación de auto interpuesto por profesional del derecho ERICK JOSÉ MARTÍNEZ CERRADA, en su carácter de Defensor Privado de los imputados NIEVES LINARES JOSÉ ABELARDO, LEMO GONZÁLEZ ANGELO ALEXANDER, ARAQUE JOSÉ OSCAR y LUIS ENRIQUE TOVAR REYES, ciudadano WILMER ADEY PIÑERO PÉREZ, contra decisión de auto de fecha 16-12-2009, dictada con ocasión a la audiencia de presentación de imputado celebrada en la causa distinguida por el Tribunal Primero de Control, con el nº 1C-12.887-09 (y en esta Alzada 1Aa 1836-10), en virtud de haberse declarado, la aprehensión en flagrancia, el procedimiento ordinario, la precalificación por la presunta comisión de los delitos de AUXILIO EN FUGA DE DETENIDOS, previsto y sancionado en el artículo 265 primer ap.....