En consecuencia por todos los argumentos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE. Declara:
PRIMERO: DECLARA HOMOLOGADO el Desistimiento del Procedimiento del Abogado MARCOS GOITIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.239, apoderado judicial del ciudadano JOSÉ DAVID MIRABAL CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.609.714, parte actora en este juicio incoado en contra del ESTADO APURE, por reclamación de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios Laborales.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. En el día de hoy, veintiséis (26) días del mes de enero del año dos mil once (2011).
La Juez Titular,
Abog, Ana.....