Por las razones de hecho y de derecho precedente expuestas, el Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Apure, por mayoría de sus miembros y con el voto salvado de la Juez Presidente, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA INOCENTE a la acusada EUGENIA COROMOTO DÍAZ PARRA y en consecuencia la absuelve de la comisión del delito de Transporte de sustancias estupefacientes y psicotrópicas que conforme al articulo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas le hubiera sido imputado por el Ministerio Publico. Se ordena su libertad inmediata de la misma sala de audiencia. Librese la respectiva boleta de excarcelación. Con la presente lectura quedan notificadas las partes del veredicto dictado en este juicio y de conformidad con el articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, la publicación del texto integro se llevara a cabo dentro de los diez días siguientes a este p.....