este Tribunal en este acto CONDENA al ciudadano PABLO ALEXANDER APONTE, titular de la cédula de identidad N° 12.904.844, de 38 años de edad, residenciado en el Barrio Caujarito, detrás del Liceo Agustin Codazzi, calle Principal, Casa S/N, Estado Apure, hijo de carolina Aponte, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Distribución Menor, previsto y sancionado en el artículo 31 ordinal 3º, de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad. Se condena igualmente a las penas accesorias a las de prisión prevista y sancionada en el artículo 16 ejusdem. Se absuelve de costas por ser la justicia gratuita conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, una vez impuesto de la pena a cumplir, se le otorga una Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, prevista en el artí.....