Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Del Transito Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la Demanda de DECLARATORIA JUDICIAL DE CONCUBINATO, interpuesta por el ciudadano BOHORQUEZ RONDON RAFAEL MARIA, contra la ciudadana LOPEZ RODRIGUEZ BALKIS DEYANIRA.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Del Transito Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Apure, a las 11:00 a.m., del día de hoy, Veintiséis (26) de Abril del año Dos Mil Dieciséis (2.016).- AÑOS: 206º de la Independencia y l57º de la Federación.
La Juez Temporal,
Abg. AURI TORRES LAREZ.-
El Secretario Temporal,
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