Por las razones anteriores expuestas, Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: NO ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, para conocer, sustanciar y decidir el presente RECURSO DE NULIDAD, ejercido por la ciudadana Sandys Nereyda Bolívar Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.359.768, debidamente representada por el abogado en ejercicio Ruffo Graciano Bolívar, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 135.312, contra la Insectoría del Trabajo del Estado Apure.
Segundo: PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA y en consecuencia, ordena remitir el expediente constante de una (01) pieza, formada por ciento treinta y tres (133) folios útiles, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de la regulación de competen.....