DECISIÓN:
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizados, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, incoada por la ciudadana: ALIANNYS LISBETH ROJAS CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-30.732.869, Asistida por la Defensora Publica Provisorio, la abogada: KENIA ECHENIQUE DE FARFAN, Debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°173.281. en contra del ciudadano: JOSE ANGEL VILLAZANA LUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.838.914, fundamentado en el supuesto del DESAFECTO establecido en la sentencia No. 693 de.....