este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: HOMOLOGAR el CONVENIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, en los Términos expuestos por las partes, de conformidad con el Artículo 375 en concordancia 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño del adolescente.
SEGUNDO: SE FIJA en la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) MENSUALES, a partir del 10-05-2010, por Obligación de Manutención que el ciudadano: ALVARADO ALMEIDA LUIS CARLOS, debe cumplir a favor de sus hijas; dará un aporte en la Cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) para la Bonificación de Fin de año y en cuanto a los gastos de medicinas, ropa, calzados, los Uniformes y Útiles Escolares serán compartidos y cuando se requiera.
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