En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Violencia contra la Mujer del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al ciudadano LUÍS GABRIEL NIEVES SALAZAR, titular de la cedula de identidad Nº 27.156.587, en relación al delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MILITZA YURISMAR PADILLA PANTOJA. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público, en contra del imputado ALEXIS JOSÉ LOZADA AUSLAR, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sa.....