PRIMERO:
Evacuadas como fueron las diligencias ordenadas por este Tribunal, de conformidad con el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil, como fue oídas las declaraciones de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS MONTILLA PÉREZ, SILVERIO DE JESÚS MONTILLA PÉREZ, IGNACIO RAMÓN MONTILLA PÉREZ Y MILAGROS MARIA MONTILLA PÉREZ respectivamente, quienes manifestaron ser hermanos del ciudadano LUIS GREGORIO MONTILLA PEREZ, así como también manifestaron que el mencionado ciudadano padece de el Síndrome de Down.
Igualmente, de lo acontecido en la oportunidad procesal para efectuar el interrogatorio formulado por el Tribunal al ciudadano LUIS GREGORIO MONTILLA PEREZ, sin embargo, no fue posible en virtud de que el ciudadano antes identificado, no distingue ni utiliza canales de comunicación alguna, ya que se encuentra tirado en el suelo del inmueble, con los dedos en la boca, tirando las sillas y pateando a su madre y otros enseres, solo emitió sonidos guturales. En este estado, el Tribunal c.....